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JUICIO SUCESORIO

  • lexcdmx52
  • 12 oct 2020
  • 4 min de lectura

Actualizado: 13 oct 2021

¿Qué es el Juicio Sucesorio?

Es un procedimiento que permite determinar y declarar quiénes serán los herederos de los bienes del difunto, sobre todo en los casos en los que no exista testamento o habiéndolo este sea impugnado por alguno de los interesados.


Tipos de Juicio Sucesorio

Existen dos clases de sucesiones:

  1. Testamentaria, cuando existe un testamento en cuyo caso serán herederos los designados por el difunto. En este caso se debe validar el mismo ante la autoridad judicial competente: El juez de lo familiar.

  2. Intestamentaria, que tiene lugar cuando no hay testamento, en ese caso serán herederos los parientes más próximos. Se debe tramitar un procedimiento judicial, también ante el juez de lo familiar para que éste nombre a los herederos universales de la sucesión.




¿Quién puede iniciarlo?

Una persona que se considere heredero, para lo cual la ley exige acredite estar entre aquellas personas que deben ser consideradas herederas.


¿Dónde se interpone el trámite?

Este tipo de procedimientos puede ser llevado ante un juez en materia familiar como ante un notario público siempre y cuando todos los interesados estén de acuerdo.


¿Hasta cuándo se puede reclamar una herencia?

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1652 del Código Civil Federal, la acción de petición de herencia prescribe en 10 años; sin embargo, este término varía dependiendo la entidad federativa de que se trate; por ejemplo, en el Estado de México es de cinco años.


¿Cuánto tiempo tarda una sucesión testamentaria en México?

Un juicio sucesorio en el que no hay litigio, tarda aproximadamente unos 6 meses en concluirse, hasta la sentencia declaratoria de herederos.


¿Cuáles son las etapas procesales de la sucesión Intestamentaria?

  1. Denuncia de la sucesión intestamentaria, declaratoria de herederos y nombramiento de albacea.

    • Hacer saber al juez que una persona falleció.

    • Hacer saber al juez si tuvo esposa(o), hj@s (biológicos o adoptados), si no tuvo, se deberá indicar quienes son los padres de la persona que falleció, si ya fallecieron los padres, se deberá indicar quienes son los hermanos, si no tiene padres ni hermanos, se deberá indicar quien es la persona que se cree con derecho para heredar.

    • El juez pedirá al Archivo General de Notarías y al Archivo del Tribunal Superior de Justicia que realicen una búsqueda para que verifiquen si existe o no testamento.

    • Si hay herederos, se citarán a una junta para que el juez verifique su existencia y su relación de parentesco.

    • Se nombrará al albacea de la sucesión, el albacea es la persona que representará, para todo lo necesario, a la sucesión (demandas, actos administrativos, etc.).

2. Inventarios y avalúos de la sucesión.

  • Hacer saber al juez cuales fueron los bienes de la persona que falleció y el valor de cada uno.

3. Administración de los bienes de la sucesión.

  • Hacer saber al juez quien o quienes serán las personas que estarán a cargo de administrar los bienes de la persona que falleció, incluidos aquellos que generaran frutos.

4. Proyecto de partición y adjudicación de la sucesión.

  • Presentar ante el Juez un proyecto de la distribución de los bienes que dejó la persona que falleció.


¿Cuáles son las etapas procesales de la sucesión Testamentaria?

  1. Sucesión.

    • En este caso se presenta el testamento ante el Juez de lo familiar de la ciudad, se cita a los herederos a una junta para designar albacea o en caso de que esté nombrado en el testamento éste tome el cargo, (El albacea es una persona encargada para la administración de los bienes que forman la masa hereditaria, su inventario y partición).

2. Inventario.

  • El albacea presentará el inventario y el avalúo de los bienes que forman la masa hereditaria. Si el albacea no presenta el inventario dentro del término de ley, será removido de su encargo. El inventario deberá ser aprobado por los interesados o por el Juez y posteriormente se seguirá con la partición

3. Administración.

  • Contiene todo lo relativo a la administración, las cuentas donde se deberán rendir los bienes y el pago del impuesto fiscal.

4. Partición.

  • El albacea les entregará los bienes determinados a un heredero que el testador haya dispuesto en su testamento, siempre que garanticen, en la proporción que les corresponde, los gastos y las cargas generales de la herencia.



¿Cuáles son los requisitos para iniciar el trámite?

  • Documentos para juicio testamentario:

  • El testamento

  • El acta de defunción

  • Acta de matrimonio en el caso de que la persona muerta haya estado casada al momento de su muerte.

  • Actas de nacimiento de los hijos en el caso de que haya tenido hijos.

  • Escrituras públicas de los bienes inmuebles, factura de los bienes muebles.

  • Demostrar el último domicilio de la persona fallecida.

  • Domicilio de los herederos.

  • Inventario de los bienes del difunto.


Documentos para juicio intestamentario:

  • Acta de defunción

  • Acta de matrimonio en el caso de que la persona muerta haya estado casada al momento de su muerte.

  • Actas de nacimiento de los hijos en el caso de que haya tenido hijos.

  • Escrituras públicas de los bienes inmuebles, factura de los bienes muebles.

  • Demostrar el último domicilio de la persona fallecida.

  • Domicilio de los herederos.

  • Inventario de los bienes del difunto.


¿Cuánto cuesta hacer un juicio de intestado?

El costo del juicio intestamentario es de 20 mil pesos. Sin embargo, se deben tener en cuenta otros gastos que se generan, tales como:

  • El avalúo de las propiedades.

  • Trámite del testamento.

  • Los honorarios del notario.

  • Nueva escrituración de las propiedades.

 
 
 

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